Rafael Fernández Valverde | Panel 2: Justicia Ambiental
Excmo. Rafael Fernández Valverde

Rafael Fernández Valverde | Panel 2: Justicia Ambiental

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Nota de transcripción: El texto a continuación fue digitado y revisado en vivo, durante la transmisión de la ponencia y/o traducción. Es posible que esté en proceso de posteriores revisiones para su mejoramiento. De ser requerido, puede ser verificado con la grabación correspondiente. (Sugerencias o comentarios: transcripciones@emapaz.com)

 

Moderador: Lic. Juan Manuel de la Cruz

Guatemala

Muy buenos días a todos. En primer lugar agradezco a la Embajada Mundial de Activistas por la Paz por esta oportunidad y al Organismo Judicial por darme la oportunidad de presentarme ante ustedes el día de hoy. Como abogado guatemalteco y como ambientalista verdaderamente es un honor poder tener esta discusión y poder obtenerla acá, en esta sala que tanto ha representa para la Justicia en mi país.

Vamos a empezar con el llamamiento a nuestros distinguidos panelistas, yo diría que cada uno es un icono de la justicia ambiental a través del mundo tanto por su trayectoria como por el trabajo revolucionario que han hecho en cada una de sus ámbitos, en ese sentido yo quisiera llamar el excelentísimo Rafael Fernández Valverde para que nos acompañe en la mesa. También quisiera llamar al excelentísimo Luis Armando Tolosa Villabona para que nos acompañe. Seguidamente al excelentísimo Duberlí Apolinar Rodríguez Pineo y por último al excelentísimo Daniel Guevara Cortés.

Bueno, para empezar yo quisiera brevemente hacer un recorrido por las trayectorias profesionales de estos distinguidos participantes, empezando por Rafael Fernández Valverde, él es vocal del Consejo general del Poder Judicial en España, es académico en número de la academia de legislación y jurisprudencia de Las Palmas de Gran Canaria, ha intervenido en numerosos congresos, cursos, jornadas y seminarios en España y el extranjero como conferenciante, ponente o director; es autor de numerosas publicaciones más de 40 individuales y colectivas en el ámbito del derecho público, habiendo colaborado con varias revistas especializadas, está en posición de cruz distinguida primera clase, así como de la gran cruz de **de peñafort, es miembro de la comisión de justicia ambiental de la Cumbre iberoamericana.

También tenemos al distinguido Luis Armando Tolosa Villabona, quien es magistrado de la Corte Suprema de justicia de Colombia, es especialista en derecho penal constitucional, derecho comercial, derecho penal y criminología, instituciones jurídico procesales y derecho público. Es además magíster en derecho procesal y en modelos de enseñanza problemática, ha sido docente de la corporación Universitaria Republicana, Universidad de Santo Tomás en la gran Colombia de Rosario, entre otros. En 2013 asume cargo de magistrado titular en la sala de casación civil, sala en la que también fue presidente y sala que dictó una sentencia ITO a través de la historia derecho ambiental, la cual otorga derechos a la amazonia colombiana.

Seguidamente tenemos a Duberlí Apolinar Rodríguez Guineo, quien fue supremo en el poder judicial en Perú. Actualmente es trabajador de buena voluntad entre organizaciones de Estados Americanos, para la justicia ambiental otorgado por el secretario general de la OEA, se desempeña como presidente de la Comisión Nacional de gestión ambiental del poder judicial, fue supremo titular de la Corte Suprema de Justicia de Perú, presidente de la primera sala de derecho constitucional y social transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la república.

Es magíster en ciencias penales de la Universidad Pedro Ruiz Gallo, estudios de doctorado en la Universidad de Alicante de España. Imparte cátedra en la unidad de posgrado en diversas Universidades públicas y privadas, y en la academia de la magistratura. En los cursos de derecho penal, procesal penal, derecho ambiental y pluralismo jurídico. Ex-presidente del poder judicial y de la Corte Suprema de Justicia del Perú, ex-presidente del Consejo directivo de la academia de la magistratura.

También tenemos al excelentísimo Daniel Guevara Cortés, quién es ministro presidente del primer tribunal ambiental de China, quién es uno de los países ejemplo para la justicia ambiental en América. Entre los títulos profesionales obtenidos se incluyen: Doctor en derecho en Universidad delira España, magíster en administración y negocios en VIE Universidad de Chile, facultad de ciencias económicas y administrativas. Tiene un diploma en derecho minero facultad de ciencias jurídicas de la Universidad de Antofagasta, un (TEXTO EN INGLÉS) un curso aprobado con certificación DE diplomado en planificación estratégica y control de gestion, en la facultad de ingeniería de Chile.

Daniel Guevara es docente universitario en el área de pregrado y posgrado en varias Universidades de Chile, ha participado en diversos proyectos de investigación como en ** y Naciones Unidas cooperación y desarrollo, es miembro de la sociedad española de derecho internacional desde 2015 hasta la fecha. Para todos, les pido un fuerte aplauso.

Para empezar esta sesión, yo pediría a nuestros distinguidos participantes que pensáramos en la justicia ambiental, en el acceso a la misma, en todo lo que enfrenta, hoy por hoy y desde sus diferentes trayectorias, ustedes conocerán las diferentes barreras que podrían obstaculizar el acceso a la justicia, lo que lo hace más complejo lo que lo obstaculiza. Dentro de este ¿Cuáles creen ustedes que son las principales barreras de acceso a la justicia ambiental que complejizan y obstaculizan su efectividad? Y esto quisiera pedirle respetuosamente, que dentro de su respuesta incluyan cómo superar estas barreras y fortalecerlas, la perspectiva de poder público, la sociedad civil y la comunidad internacional. Si pudiéramos empezar con el doctor Rafael Fernández Valverde.

Excmo. Rafael Fernández Valverde

Vocal del Consejo General del Poder Judicial / Magistrado del Tribunal Supremo / Miembro de la Comisión de Justicia Ambiental de la Cumbre Iberoamericana.

España.

Bueno, solamente tengo 5 minutos, según me dice el moderador, con lo cual pues todo lo que tenía previsto decir no lo voy a decir, como es lógico.

Pero si quiero hacer unas reflexiones iniciales, lo difícil que es esta situación, sobre todo después de las manifestaciones que hemos oído esta mañana de los representantes del Tribunal Penal Internacional; y de pronto hacemos un salto en el vacío y nos encontramos aquí tratando de resolver algo muy concreto que es nuestra justicia medioambiental.

Yo creo que uno de los grandes problemas que tenemos en este momento, yo me sitúo y defiendo al juez medioambiental de cada uno de nuestros países y el problema que yo tengo en este momento a nivel personal, es que tengo ese magnífico Tribunal Penal Internacional que también habéis explicado; pero tengo el Tribunal de la Unión Europea, tengo el Tribunal de Estrasburgo con su juicio de convencionalidad, tengo el Tribunal Constitucional, esto es.

Yo creo que antes de seguir adelante, sin duda alguna, en este digamos avancé jurisdiccional, nos planteamos realmente qué es lo que está ocurriendo; yo creo que hay un déficit en lo que sería, lo que hemos llamado en Europa: “El diálogo entre tribunales”.

Los tribunales, con toda esa panoplia que también habéis expuesto, deben empezar a dialogar en un terreno en el que sean comprensibles para el resto de los jueces ordinarios, y me parece que esto es algo esencial en todo lo que tenemos encima de la mesa. Por tanto, me da la sensación de que habrá que clarificar competencialmente el ámbito de cada uno de estos tribunales y no situar, digamos, a esos tribunales internacionales en un régimen de superioridad, sino más bien de ámbito competencial o de ámbito consultivo.

A mí me da la sensación de que hay un déficit judicial internacional, a pesar de todos estos tribunales, quién nombra a los jueces de esos tribunales internacionales, no son los poderes judiciales de cada país, son los poderes ejecutivos; y yo creo que los órganos de gobierno de los poderes judiciales con el tiempo debíamos, lógicamente, reivindicar que el poder judicial igual que en su día se dijo, que el Parlamento Europeo carecía de legitimidad democrática; yo creo que toda apelación internacional al arbitraje, a la mediación y entre ese tipos de conflictos, es algo que en el fondo va a provocar un descenso del ámbito y del poder judicial en cada uno de nuestros países.

Por tanto, estas son unas reflexiones iniciales para que realmente nosotros sepamos, realmente dónde tenemos que movernos.

Yo tengo que hacer un ejercicio de des jibarismo jurídico si ustedes quieren, y tengo que pasar pues de esos, justicia universal (que mi querido compañero ha explicado) y la composición de los tribunales internacionales al caso concreto; y yo a lo que vengo aquí es a reivindicar la justicia medioambiental, la justicia medioambiental, pues como mis compañeros practicamos en nuestros respectivos países.

Y efectivamente en este momento estamos en un momento histórico difícil, miramos hacia atrás, todos vemos las destrucciones producidas en el ámbito del medio ambiente, todos hemos contemplado por los vídeos que nos han expuestos estos días, como las situaciones son dramáticas y también contemplamos lo difícil que es buscar soluciones efectivas a este tipo de conflicto que se están produciendo en relación con la propia naturaleza.

Yo creo que hemos superado los conflictos competenciales, dejo apuntado la situación anterior y creo efectivamente, que hemos avanzando hacia un terreno en el que la ordenación del territorio, la ordenación de la tierra es una función pública; esto no puede ser un aspecto convencional, un pacto entre caballeros, entre propietarios y explotadores, sino que sin duda alguna, el hecho de que es una potestad administrativa que los  gobiernos deben llevar adelante, es algo que se impone como punto de vista de todo lo que es la gestión medio ambiental en el ámbito en que a nosotros nos concierne.

Es cierto que hemos ido y vamos avanzando hacia un medio ambiente y una regulación mucho más transparente, todos ustedes conocen el Convenio de ARU, todos ustedes conocen las respectivas leyes normativas europeas y de los distintos países; y yo los felicito a ustedes, me imagino que mi querido amigo Duberlí va a hablar sobre el tema, ese convenio que ustedes acaban de suscribir recientemente sobre el derecho a la información en el ámbito medioambiental.

La pasada semana en las Naciones Unidas comenzó el período de firma y suscripción de este documento y creo que ustedes iberoamericanos, sudamericanos están dando una gran lección a Europa, con este convenio de carácter regional para, y sin duda alguna, que es lo que me pedía el moderador; ver cuál es la situación actual acerca de la información, la participación y el acceso a la justicia en materia del medio ambiente.

Por tanto, creo que es un día festivo, un día festivo además en este ámbito territorial en el que nos encontramos y lo que yo, lógicamente, que no conocía y que no había participado; pero me llevo una gran alegría de saber que todos ustedes han empezado a suscribir en las Naciones Unidas este convenio para esa finalidad concreta.

Yo les digo solamente tres cosas que creo que hay que hacer, para que la justicia penetre en el medio ambiente; mire tenemos que continuar con un principio, que es el principio de no regresión; el profesor Prier en Francia en la Universidad de Bordeaux, fue él que lo teorizó y el Tribunal Supremo de mi país lo ha asumido como tal.

Lo que es verde porque así ha sido declarado, no puede regresar a una posición anterior, el principio de no regresión en la protección medioambiental, las garantías de que unos determinados terrenos considerados por una protección esencial, continúen en esa situación; es algo que sin duda alguna es uno de los principios más esenciales y que la jurisprudencia, nuestras jurisprudencias de los distintos países deben avanzar en ese sentido.

El mecanismo para desclasificar determinados terrenos que han sido protegidos debe ser estricto, y como hemos dicho en nuestra jurisprudencia, eso no es un indiferente jurídico; no es  lo mismo que una zona sea verde en un determinado momento y en un momento posterior por motivos económicos de otra índole, deje de serlo, me parece que es un principio jurídico esencial en este elemento fundamental de la protección del medio ambiente.

Creo en segundo lugar que hay que avanzar en esta línea que decíamos en la acción pública medioambiental, sin duda alguna toda la teorización que muchos de ustedes exponen acerca de la consideración de la tierra como sujeto de derechos, es algo que tendremos que perfeccionar, es algo que está en algunas constituciones, es algo que ha sido reconocido en algunas opiniones consultivas del Tribunal iberoamericano; y sin duda alguna me parece que es otra de las líneas esenciales por las que nosotros tenemos sin duda alguna que avanzar.

Y tenemos que controlar el cambio climático, fíjense ustedes que los mecanismos de control que tienen los poderes judiciales sobre las actuaciones gubernamentales en materia del medio ambiente, son el control de las evaluaciones ambientales. El control de la evaluación sobre los proyectos, sobre los planes y programas, pero yo creo que la gran esperanza está en la nueva evaluación invertida o inversa, en el que tendremos que tener en cuenta dos cosas: Cómo el cambio climático influye en nuestras actuaciones y a la inversa, cómo nuestra actuación va a influir en el cambio climático; es un paso adelante, un paso esencial, existe una directiva comunitaria que tendremos lógicamente que implantar en todos nuestros respectivos países.

Y yo simplemente dado el tiempo que tenía, pues concluyó haciendo referencia a tres documentos que me parecen esenciales y que todos son del año 18 y son, digamos, documentos que han nacido en este ámbito territorial en el que nos encontramos; por lo cual, lo que me ponen de manifiesto es que esas instituciones están muy sensibilizadas por lo que nos concierne.

Me refiero en primer lugar a la opinión consultiva 2317 de la Corte Iberoamericana de Derechos Humanos sobre el medio ambiente, me refiero en segundo lugar a los principios que declaramos en Quito, en la XIX Cumbre Iberoamericana de la Comisión de Justicia Medioambiental, y me refiero también en tercer lugar a la declaración de jueces sobre la justicia hídrica; llevada a cabo en Brasilia el 21 abril del año 18. Son tres documentos internacionales que lo que nosotros tenemos la obligación es de transformarlos en jurisprudencia.

Tenemos que proteger sin duda alguna los recursos naturales, tenemos que proteger el agua; pero si algún día encima de querer proteger el medio ambiente queremos ser poeta, hagamos como hizo nuestro querido magistrado Rafael Mendizábal, en una sentencia, un auténtico “leading case”; en donde se dijo: hay también que proteger al paisaje como elemento digamos evanescente, que no tiene elementos esenciales pero protejamos el paisaje; lo definió de la siguiente forma: “Una forma de mirar en cada momento de la historia”.

Muchas gracias.

MODERADOR

Muchísimas gracias al doctor por esa respuesta tan iluminadora, de la misma, yo rescató la importancia territorial también, las diferentes herramientas que están al servicio de la justicia ambiental, tal como el acuerdo de Cazú, firmado el 27 pasado por 14 países, incluyendo el estado de Guatemala; el cual protege entre otras cosas el activismo ambiental y la información libre sobre el medio ambiente.

Invitó Próximamente el excelentísimo Luis Armando Tolosa villabona, para que nos comparta su respuesta a esta pregunta de ¿Cuál cree usted, que son las principales barreras de acceso a la justicia ambiental que complejizan y obstaculizan su efectividad?.