“El Consejo de Seguridad de la ONU. Propuestas para su democratización” - Dr. Gonzalo Higinio Carrillo de León
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Muy buenos días, tengan todas y todos. Es para mí un honor muy alto el poder compartir con ustedes esta importante Cumbre convocada por la Embajada de Activistas por la Paz. Agradezco sensiblemente la invitación que el Dr. William Soto Santiago, nuestro Embajador, me ha formulado; el Embajador respectivo de la República Mexicana; y desde luego, a todos y todas ustedes por la oportunidad que nos confieren, a México, de tener una voz en esta alta e importante Cumbre.
Quisiera compartir con ustedes que recientemente en nuestro país, específicamente en el año 2011, tuvimos una muy importante Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos. A partir del mes de junio de 2011, nuestra nación mexicana se vio sensiblemente impactada por una Reforma Constitucional que puso como el eje rector de todo acto de poder, a la dignidad humana.
Aunque los mexicanos hemos sido una nación que creemos en los derechos fundamentales, hemos sido una nación que ha creído en la defensa de la dignidad humana...; tan así lo es, que a través de su juicio de amparo ha permitido la defensa de la dignidad humana, el castigo de la transgresión de los actos arbitrarios. Sin embargo, hasta antes de 2011 nuestra Constitución no tenía un precepto que declarara con absoluta firmeza, que la dignidad humana es el eje rector de todo acto de poder, de toda política pública, de toda actividad encabezada por cualquiera de los poderes de los Estados.
Como podrán ustedes imaginarse, esta Reforma Constitucional a que estoy haciendo referencia, impactó sensiblemente lo que los mexicanos hoy en día concebimos como derechos humanos.
En nuestro lenguaje constitucional considerábamos que las garantías individuales eran los derechos fundamentales sobre los que descansaba nuestra dignidad; pero de una forma anquilosada, de una forma añeja, considerábamos que las garantías individuales las otorgaba el poder público, cuando lo correcto es que los derechos fundamentales son reconocidos por el poder público.
Hay una enorme distinción en el lenguaje constitucional, entre confesar constitucionalmente que el poder otorga derechos, a confesar constitucionalmente que los derechos son inherentes a la dignidad y, por ende, son reconocidos por el orden público.
Esta importante Reforma Constitucional, hoy en día nos está permitiendo construir como nación una nueva forma de entender el tema de los derechos humanos; pero principalmente porque, aparejado a ella, incluimos en nuestro texto constitucional que los derechos humanos, inherentes a la dignidad humana, los reconoce nuestro texto constitucional; pero no solamente los que tradicionalmente teníamos asimilados en nuestro texto supremo, sino también todos aquellos que están reconocidos en el orden jurídico universal, específicamente en los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos, y lo que hoy nosotros entendemos como las garantías para su cumplimiento.
Hice esta breve introducción porque hoy en día nuestro horizonte en pro de la dignidad humana, en México se amplió sensiblemente; los Derechos Humanos, que están reconocidos en instrumentos internacionales, pero además los mecanismos protectores para la defensa de esos derechos fundamentales, hoy forman parte esencial de nuestra vida constitucional y nuestra vida democrática.
Al incluir en nuestro texto constitucional que la dignidad humana es el eje rector de toda actividad pública, ello obliga a todo ente de poder, a respetar la dignidad, a tutelar la dignidad, a luchar por la defensa de la dignidad, a impulsar en las actividades del día a día la dignidad de las personas; pero de manera muy preponderante nos toca a nosotros los jueces, hacer que ese mandato constitucional se cumpla.
Y aquí es en donde yo quiero brevemente llamar la atención de todos ustedes, de cómo nuestra perspectiva cambió; porque de tener un sistema constitucional en donde nuestro texto fundamental eran nuestro máximo horizonte, nuestra máxima base para la toma de las decisiones; a un sistema constitucional que hoy nos obliga a voltear a ver los derechos fundamentales como se conciben en otras partes del mundo, y los respaldos, los mecanismos, las garantías que existen para su defensa; hoy nos permite entender que hay jurisdicciones supranacionales que tienen el deber de hacer que esos derechos humanos se respeten cuando nuestras estructuras nacionales han fallado.
Y qué importante está siendo para México el recibir sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que han sido tan impactantes para nuestro sistema que inclusive han hecho que el Derecho mexicano cambie y se transforme. Tenemos la obligación para el año 2016 (que ya no es tan lejano), de instaurar nuevos modelos de justicia que sean compatibles con la dignidad humana, tal y como la concebimos todos los países del orbe. Y en ese proceso democratizador, es que hoy en día también nos interesa que esos órganos supranacionales a los que pertenecemos, también se democraticen,como lo es el caso del Consejo de Seguridad de la Organización de Naciones Unidas.
No nos parece que sea compatible con la dignidad humana, que el Consejo de Seguridad de la ONU solamente la integren cinco países del orbe; que por supuesto que no representan la dignidad de todos los que habitamos el planeta.
Tampoco nos parece correcto que cualquiera de estos cinco países que integran el Consejo de Seguridad tenga el poder del veto; al grado tal de impedir que la Corte Penal Internacional investigue o persiga un delito de lesa humanidad solo por la petición de un país.
Si estamos entrando como mexicanos en un sistema de protección de la dignidad humana, queremos que este sistema universal de protección de la dignidad humana sea acorde a lo que ahora nosotros nos hemos replanteado en pro de la dignidad de las personas.
Y creemos sensiblemente que tiene que haber el impulso, a través de estos Foros tan importantes, a través de esta hermosa Embajada de Activistas por la Paz, tiene que alzarse la voz para que se democratice en la Organización de las Naciones Unidas la forma en la que está conformado el Consejo de Seguridad, pero también que no pueda existir la posibilidad de que el poder político se imponga sobre el poder de la razón de los jueces.
Compartía hace un momento con mi colega argentino, que en México, en el Poder Judicial de la Federación, luchamos intensamente porque se respete la autonomía y la independencia de los jueces. Hemos entendido que cuando una nación tiene un Poder Judicial fuerte, cuando una nación tiene un Poder Judicial vigoroso, ahí se impone el orden, ahí se impone el respeto, ahí se impone la dignidad; pero el poder de los jueces no puede ni debe estar subordinado al Poder Político.
Ahí es donde yo planteo al Foro, en esta breve oportunidad: ¿Podremos seguir consintiendo que un consejo político, como lo es el Consejo de Seguridad de la ONU, impida que los jueces hagan el trabajo para el cual fueron elegidos y para el cual han sido llamados? No lo podemos permitir; porque sería tanto como soslayar lo que las víctimas de esos terribles delitos que debe juzgar la Corte Penal Internacional, anhelan: que se hagajusticia.
De una manera muy interesante, en México, a partir de esta Reforma Constitucional que les comento, por primera vez en nuestra historia (lo digo con cierta pena, pero así lo es), en el Derecho Penal volteamos a ver el mundo de las víctimas. La víctima en el Derecho Penal mexicano, no existía. Considerábamos que la Fiscalía, el ministerio público, era el representante social y quien tenía el monopolio del ejercicio de la acción penal; de tal suerte que la Fiscalía o la Representación Social o la Procuraduría de Justicia (como le llamamos allá) era quien decidía si consignaba o no consignaba a un juez un caso penal para que el juez le siguiera un proceso penal.
A partir de esta Reforma Constitucional de 2011, aderezada con otra que tuvimos en el año 2008, hoy el mundo de las víctimas ocupa en el Derecho Penal mexicano el lugar que siempre debió de tener. No podemos solamente voltear a ver desde el punto de vista del debido proceso legal, a quien es culpado de un delito, dejando de voltear a ver al que nos está diciendo que sufrió un delito. Es tan importante el equilibrio procesal entre el que es culpado de un delito y el que es víctima de un delito; y ahí es donde el juez tiene que ser garante de que ni quede impune un delito, ni que se castigue tampoco indebidamente a alguien que no lo cometió.
Y me parece que es aquí en donde tenemos la oportunidad de reflexionar en torno a que nuestra Corte Penal Internacional no puede ni debe soslayar el mundo de estas víctimas, de las que nos han hecho referencia quienes nos han antecedido en el uso de la palabra.
El Poder Político de cinco países representados en el Consejo de Seguridad no puede ni debe ser —por ningún motivo— la voz de todas las naciones; no puede ni debe ser motivo para que quede impune el sufrimiento de miles y miles de víctimas en todas y cada una de sus manifestaciones.
Yo espero, para bien de una nación noble, hermosa, como es la nuestra, México (país de todos ustedes), pueda prosperar en este camino en el que nos hemos planteado para los próximos años los mexicanos. Pero quisiéramos que esto que hoy anhelamos como nación, también sirva para ventura del mundo a través de estas importantísimas reflexiones y propuestas que nos dejó muy en claro el honorable doctor William Soto Santiago, a quien felicito por su extraordinaria intervención.
Muchas gracias, y saludos desde México para todos ustedes.