“La prevención del Genocidio, la ONU y la CPI en la construcción de una Justicia para la Paz” - Dr. William Soto Santiago

Transcripción

Conferencia Magistral

 

Dr. William Soto Santiago

Embajador Mundial y Presidente Ejecutivo

Embajada Mundial de Activistas por la Paz

 

“La prevención del genocidio, la ONU y la CPI, en la construcción de una Justicia para la Paz”

 

La paz es presupuesto de la felicidad. No puede haber felicidad sin paz, no puede haber paz sin justicia; y la justicia se construye a partir de la verdad. La verdad, en el marco del respeto de la dignidad humana, es el insumo de la justicia. Una Justicia para la Paz debe estar cimentada en la verdad y en el respeto de la dignidad humana. Una justicia autónoma e independiente, trae la paz.

Todos los Estados tienen el compromiso interno de garantizar a sus ciudadanos una vida digna, el goce efectivo de sus derechos, una educación en valores, y una justicia imparcial, pronta y eficaz, que sancione a los responsables pero que también absuelva a los inocentes. Sin embargo, los Estados también tienen el compromiso internacional de velar por la preservación de la paz universal.

En un mundo globalizado como el de ahora, las graves violaciones de los derechos humanos nos afectan a todos, independientemente del rincón del planeta donde se produzcan. La distancia no acalla los gritos de los inocentes que claman por justicia. El mundo no puede seguir impávido ante tantos discursos de odio, ante tanta discriminación racial, política o religiosa, y tanta violencia contra grupos minoritarios indefensos.

Los genocidios cometidos en el siglo XX y los que hoy en pleno siglo XXI reportan las noticias internacionales, ocurren ante el silencio y la indiferencia de los Estados, autoridades internacionales y líderes políticos.

Hoy hago un llamado urgente a todas las autoridades del mundo y a la ciudadanía en general, para unir esfuerzos, y con vocación política y buena voluntad, denunciar y detener el exterminio de cristianos, yazidíes, drusos, grupos étnicos, mujeres y niños, que por profesar una fe distinta son llamados “infieles”, y son obligados por grupos extremistas hindúes así como yihadistas, entre otros, a convertirse al Islam o a abandonar el territorio si no quieren ser decapitados o ver a las mujeres convertidas en esclavas sexuales. Miles de personas en Medio Oriente están siendo secuestradas y asesinadas por grupos terroristas, mientras otras mueren en su propia condición de emigrantes ante la indiferencia de las naciones.

Según los diarios internacionales, son muchas las señales de alarma que se agravan con el silencio cómplice de los ciudadanos del mundo.

En el norte de Uganda, las guerrillas del LRA (Ejército de Resistencia del Señor) han secuestrado a 20.000 niños y niñas durante los últimos años y los han obligado a servir como soldados para el ejército.

En Asia, Japón es el país principal de destino para la trata de mujeres, especialmente las mujeres procedentes de Filipinas y Tailandia. La Unicef estima que hay 60.000 niños prostituidos en las Filipinas.

En Darfur las mujeres en particular claman por ayuda y protección externa, pues son víctimas de violencia sexual, atrocidades y secuestros, sin el esfuerzo por parte de las autoridades para sancionar a los perpetradores.

En la República Popular China, los practicantes de Falun Gong, una ideología que profesa creencias budistas y taoístas, han sido objeto de tortura y otros abusos durante su detención, y se anuncia el comienzo de su exterminio por contrariar la ideología comunista.

Los cristianos también son perseguidos por practicar su religión fuera de canales autorizados por el Estado. Los cristianos conforman el 10% de la población en Siria, que tiene un total de unos 23 millones de personas. El grupo extremista Estado Islámico o ISIS se apoderó de una parte considerable de Irak y Siria, y entre sus consignas está exterminar a los cristianos, a los yazidíes, drusos y musulmanes chiítas, por considerarlos profesantes de religiones paganas. Por confesar una fe distinta, se calcula que los cristianos muertos son más de cien mil al año; es decir, uno por cada cinco minutos.

Esos reportes que vemos en las noticias son importantes señales de alarma, que si no se neutralizan, desembocarán en atrocidades genocidas.

Es momento de promover un cambio, tenemos que asumir un compromiso; y a la decisión sumarle acción. Debemos entender que la indiferencia ya ha cobrado la vida de millones de personas y no debemos permitir que estos hechos sigan pasando frente a nuestros ojos. Por eso en la Embajada Mundial de Activistas por la Paz promovemos el Proyecto “Justicia para la Paz”, en el cual venimos trabajando durante varios años. Consta de 4 grandes objetivos:

1. La protección de otros grupos humanos excluidos en la tipificación del delito de genocidio, como los grupos políticos; y la ampliación de las conductas genocidas, como el embarazo forzoso, el traslado forzoso de adultos y el etnocidio, mal llamado limpieza étnica o absorción cultural.

Para ello es necesario revisar, con miras a su enmienda, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948, y el Estatuto de Roma de 1998.

Los grupos humanos protegidos con la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, así como con el Estatuto de Roma, son los nacionales, étnicos, raciales y religiosos. La escogencia de apenas cuatro de los muchos grupos humanos cuyo exterminio se puede pretender bajo el título de genocidio, atenta contra el principio de igualdad y discrimina a otras colectividades, como los grupos culturales, políticos, económicos o sexuales, entre otros.

No existen razones válidas para discriminar a los grupos políticos. El POLITICIDIO debe ser sancionado como genocidio; y por ello algunos países como Colombia y Costa Rica así lo tipifican en sus Códigos Penales.

Otra conducta que no puede pasar desapercibida para la comunidad internacional es el grave atentado contra la identidad, la cultura de ciertos pueblos, particularmente los pueblos originarios. Si el genocidio atenta contra el cuerpo de quienes forman los grupos humanos protegidos, el ETNOCIDIO atenta contra el espíritu.

Es necesario tipificar el genocidio cultural o etnocidio, pues la humanidad no puede ignorar la represión, la exclusión y la muerte de la diversidad cultural de los pueblos originarios y afrodescendientes, así sus miembros sobrevivan como individuos, pero sin identidad.

La necesidad de expansión territorial y de absorción cultural por parte de la mal llamada “sociedad civilizada” que considera infrahumana o inferior a la “sociedad salvaje”, trae resultados atroces que bien pueden superar el exterminio físico.

La revisión y enmienda del Estatuto de Roma también apunta a la tipificación de ECOCIDIO como el quinto crimen internacional contra la paz. El conocimiento, investigación y sanción de esos graves atentados contra los ecosistemas y las reservas naturales debe ser competencia de la Corte Penal Internacional (CPI).

2. La democratización de la ONU.

El proyecto “Justicia para la Paz” también incluye la propuesta de reforma del funcionamiento interno de la Organización de Naciones Unidas, para que, cuando se trate de medidas adoptadas por parte de la ONU para prevenir, neutralizar o sancionar el genocidio, ninguna de las cinco potencias Miembros permanentes del Consejo de Seguridad pueda ejercer el derecho de veto.

Y si en el seno de la ONU se decide no eliminar el derecho de veto cuando se trate de medidas para combatir el genocidio, que por lo menos se ejerza democráticamente; esto es, que el veto se adopte por la mayoría de los cinco países Miembros permanentes del Consejo de Seguridad de la ONU.

Por tratarse de una organización democrática, un solo país no puede vetar las decisiones adoptadas por la mayoría de representantes de las Naciones Unidas. Esa facultad desnaturaliza el carácter democrático de la ONU, y por ello Francia ha expresado la disponibilidad de renunciar a ese derecho.

Asimismo, con el Proyecto “Justicia para la paz” se promueve la ampliación de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad de la ONU; que al menos uno de los Estados de América Latina y del Caribe, otro de África, otro más de Europa y otro de Asia, formen parte como miembros permanentes, del Consejo de Seguridad de la ONU.

3. Reforma al funcionamiento de la Corte Penal Internacional (CPI) para fortalecer su autonomía y eficacia.

Según el Artículo 16 del Estatuto de Roma, se le confiere al Consejo de Seguridad de la ONU la facultad especial de solicitarle a la Corte Penal Internacional la suspensión de una investigación o de un juzgamiento.

Esta disposición debe ser revisada, pues atenta contra la autonomía e independencia de la CPI, al hacerla objeto de un requerimiento imperativo y de obligatorio acatamiento para que se suspenda la investigación o el juicio por crímenes internacionales sin importar la suerte de las víctimas.

El Consejo de Seguridad de la ONU es un órgano político, y la CPI es un órgano judicial cuyo funcionamiento debe regirse por parámetros democráticos.

Para que la CPI conozca oportunamente de los crímenes de su competencia, es necesario crear las Fiscalías Regionales de la Corte Penal Internacional, y así asegurar la inmediata recolección de evidencias y una oportuna investigación de los crímenes internacionales.

En el accionar de la CPI también es necesario establecer un debido proceso con reglas claras para administrar justicia, cuando el implicado en un crimen internacional sea un Jefe de Estado o de Gobierno.

4. El llamado a los países que aún no han ratificado la Convención del Genocidio ni el Estatuto de Roma, para que se vinculen con el compromiso de tipificar el genocidio y la aceptación de una justicia universal que sin impedimentos burocráticos o excepciones de soberanía interna, puedan prevenir, juzgar y sancionar el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra, el crimen de agresión y los graves atentados contra los derechos humanos, en aquellos casos en que los países no quieran o no puedan juzgar a los responsables.

El Proyecto “Justicia para la Paz” a nivel nacional, refuerza la obligación de los Estados de prevenir, tipificar, investigar y juzgar el delito de genocidio, y toda violación grave de los derechos humanos, entre otros crímenes internacionales.

Hoy, en esta Cumbre de Integración por la Paz, la Embajada Mundial de Activistas por la Paz hace un llamado a los países que aún no han ratificado la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, así como el Estatuto de Roma, para que asuman ese compromiso internacional, y además, para que tipifiquen esa conducta conocida como el crimen capital. Y a la Organización de Naciones Unidas para que revise y se enmiende la Convención y el Estatuto de Roma.

Sin embargo, es importante precisar que las reformas propuestas parten de una premisa fundamental, cual es prioridad de la prevención de las conductas genocidas, para así evitar su reprensión; y el fundamento de la prevención de los crímenes internacionales y de todo atentado contra la dignidad y contra los derechos humanos, es la EDUCACIÓN.

La educación sobre la base del respeto por el otro, es la principal herramienta no violenta para prevenir la barbarie genocida.

Muchas gracias.

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